Cárcel por 4 a 6 años o pagar multa de 40 mil soles por provocar incendio
En el Perú el 98 % de los siniestros son originados por el hombre; autoridades exhortan a evitar quemas agrícolas.
Ocasionar incendios forestales es un delito que se sanciona con pena privativa de la libertad de cuatro a seis años, de acuerdo con el Código Penal, recordó el Ministerio del Ambiente (Minam) y demás instituciones vinculadas a la conservación del medio ambiente en un pronunciamiento conjunto, en el que refiere que en el Perú el 98 % de los siniestros son originados por el hombre.
Estas pueden ocasionar incendios forestales que ponen en riesgo la salud y la vida de las personas, con daños al ambiente, a los recursos naturales y pérdidas económicas.
Las personas que provocan un incendio forestal son sancionadas: Pena privativa de libertad de 4 a 6 años, Código Penal Ley 29263; pago de más de 40 mil soles, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley 29763.
La Municipalidad Provincial de Andahuaylas a través de la División de Defensa Civil recomienda a la población evitar las prácticas ancestrales como la quema de residuos vegetales y arbustos (rastrojos) que puedan ocasionar situaciones de emergencia, las fogatas deben ser apagadas adecuadamente y asegurar que no exista la posibilidad de reavivar el fuego que se pueda extender hacia otras zonas y ocasionar daños.
La MPA a través de la División de Defensa Civil te recomienda si te encuentras cerca de un incendio forestal sigue estos pasos: Colabora con las autoridades encargadas de controlar los incendios forestales (indicando, por ejemplo, cuáles son las rutas rápidas para llegar al lugar del incendio) y sigue sus instrucciones.
NÚMEROS DE EMERGENCIAS:
- SERENAZGO : 083-205407 / 961924751
- BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ : 116 / 083-422759
- COMISARIA ANDAHUAYLAS : 083-421671
- DIVISIÓN DE DEFENSA CIVIL : 950896339