ODP Grau: Para miembros de mesa
La Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) Grau informó, que el periodo de excusas para cumplir el cargo de miembro de mesa, titular o suplente, con miras a las próximas Elecciones Regionales y Municipales 2022, culminó este 22 de agosto.
Tras concluir el periodo para la presentación de excusas al cargo de miembros de mesa, el jefe de la ODPE Grau, Carlos Javier Ganoza Buendía, informó que solamente un ciudadano presentó dicha solicitud, la cual finalmente fue aprobada. Cabe indicar que el ciudadano integraba el Comité Directivo de una Organización Política, por lo que no podía cumplir con la función de miembro de mesa, cargo para el cual había sido elegido mediante sorteo público.
La solicitud de excusas, establecidas por la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N° 26859 se realiza dentro de los cinco (05) días hábiles después de efectuada la publicación de las listas definitivas de miembros de mesa.
De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, no pueden ser miembro de mesa de sufragio, los candidatos y personeros de las organizaciones políticas, ni los funcionarios y empleados de los organismos electorales.
Tampoco las autoridades políticas ni los ciudadanos que integran los comités directivos de las organizaciones políticas inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones, los electores temporalmente ausentes de la república, entre otros casos.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha incorporado a gestantes y a las personas que tengan hijos de dos años o menos entre los grupos que pueden ser exonerados de la obligación de ser miembro de mesa durante las Elecciones Regionales y Municipales que se realizarán el próximo 2 de octubre.
Asimismo, son causales de excusa las personas con factores de riesgo para COVID-19, identificadas por la Autoridad Sanitaria de conformidad con las normas emitidas por el Ejecutivo, enfermedades como cáncer, hipertensión arterial, diabetes mellitus, Insuficiencia renal crónica, entre otras.
A su vez, las justificaciones al cargo de miembro de mesa se pueden gestionar hasta cinco días hábiles previos a la fecha de las elecciones solo en caso de enfermedad, debidamente acreditada con el certificado expedido por el área de salud y a falta de esta, por el médico de la localidad.