Unidad de Gestión Educativa Local Andahuaylas
La Unidad de Gestión Educativa Local de Andahuaylas comunica que, de conformidad con lo establecido en la Resolución Viceministerial N° 147-2023-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la Encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, donde señala en el numeral “6.4.1 Del encargo de funciones, a) En caso la IE no cuente con la plaza vacante debidamente presupuestada de cargo de Director de IE, procede el encargo de funciones, mediante el cual se autoriza a un profesor de la misma IE, para que asuma las funciones de director de IE, en este caso, el profesor ejerce la función directiva y docente de forma concurrente”, además señala: “c) Si la IE atiende uno o más niveles o ciclos educativos, y funciona en el mismo local, el cargo de Director de IE es asumido por un docente nombrado de cualquiera de los niveles o ciclos educativos que atiende la IE, ubicado en la escala magisterial más alta.”
En ese sentido, al presente comunicado se adjunta la relación de las Instituciones Educativas y el docente de mayor escala que asumirá el Encargo de Funciones con vigencia del 01 de enero al 31 de diciembre de 2024.
Asimismo, los profesores que se encuentran en el listado deberán apersonarse al auditorio de la IE. “Divino Maestro” de Andahuaylas, el viernes 05 de diciembre de 2024 a horas 03:00 pm a fin de recoger su Acta de Adjudicación del mencionado encargo de funciones, para ello deberán traer consigo el formato de declaración jurada debidamente llenado, firmado y huella dactilar.
Por otro lado, se viene realizando la aplicación del orden de prelación en las IE. donde existen más de un profesor nombrado de mayor e igual escala magisterial, de acuerdo a lo precisado en el literal c) del numeral 6.4.1 de la RVM 147-2023-MINEDU. Por lo que, el listado será actualizado y publicado el viernes 05 de diciembre del presente año.
Además, teniendo en consideración lo establecido en el numeral 7.1.4 de la Resolución Viceministerial N° 081-2023-MINEDU, que aprueba Norma Técnica denominada “Disposiciones para el procedimiento de las licencias, permisos y vacaciones de los profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial”, informamos que podrán hacer uso de su derecho vacacional el mes de enero o febrero según su programación (si no remitieron su programación, se procederá de oficio su programación), pudiendo se reprogramada o fraccionada en dichos meses.
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