LA LEY DE IMPUNIDAD O EL OLVIDO COMO NORMA
La derecha parlamentaria acaba de aprobar la Ley 321077 (Ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana) propuesto por el congresista Fernando Rospigliosi, quien asumió este cargo en octubre del 2023 en lugar de Hernando Guerra. El ex-vocero de Fuerza Popular que señalaba antes de su muerte que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tenía un sesgo ideológico y, por lo tanto, no podía exigirle al Estado que impida el indulto de Alberto Fujimori, otorgado por el Tribunal Constitucional en el periodo presidencial de Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018). No se trataba de una simple declaración, sino de la búsqueda de impunidad y olvido de un tiempo de violencia y guerra interna que dejó, además de miles de muertes entre 1980 y 2000, crímenes que no han sido sancionados, fosas comunes que esperan ser halladas, casos de desaparición y esterilización forzadas, corrupción del más alto nivel, tortura, secuestro y persecución de estudiantes y líderes campesinos que se encuentran en proceso judicial. A esto se añade, el último crimen por genocidio de diciembre del 2022 y enero del 2023 que se le imputó a Dina Boluarte y que fue archivado en julio de este año por la Fiscalía de la Nación.
Los que están detrás de esta ordenanza jurídica son partidos políticos radicales de derecha, grupos empresariales, funcionarios y burócratas que operaron bajo el velo de la dictadura fujimorista y quienes hoy se encuentran en el poder modificando la Constitución y reprimiendo las demandas populares. Se vive una dictadura (parlamentaria) sui generis sometida por la élite y los intereses particulares. Ante esto, paradójicamente, el Ministerio Público ha exhortado que hará uso del “control difuso”, un mecanismo normativo que apela a la moral y sensatez del juez para impedir que una ley inconstitucional sea aplicada. Pero, esto no queda allí, el alto comisionado de las Naciones Unidas y, sobre todo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos requirió al Estado observar la Ley de impunidad, puesto que atenta contra las normas perentorias y los derechos humanos de las víctimas de la guerra interna. Pero, ¿es en realidad la cuestión perentoria, esto es, el “ius cogens” en tanto principio de la sociedad de estados lo que importa para garantizar los derechos humanos?, o, por el contrario, ¿no será que nos encontramos frente a un nuevo Estado penal que apela al olvido para reformular la dominación de la sociedad?
A finales de la década del noventa, Fujimori hizo que el Congreso evitara acatar las órdenes de la CIDH con la intención de reorganizar los procesos penales que ocurrieron entre 1992 y 1996, fecha en la que jueces sin rostro sentenciaban no sólo a militantes de Sendero Luminoso y el MRTA, sino también a personas inocentes que lograron ser liberadas, luego de la intervención de la justicia internacional. En este tenor, en enero del año 2000, en tiempos de la llamada “transición democrática”, Valentín Paniagua derogó resoluciones legislativas de competencia contenciosa de la CIDH. A partir de entonces, la Corte cumplió un papel muy importante en los casos de Barrios Altos, La Cantuta, entre otros, y declaró, ante todo, la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. Luego de esto, en diciembre del mismo año se firmó el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Este acuerdo entraría en vigencia el primero de julio del 2022 y serviría para que la gestión actual del Congreso ratifique que los crímenes de lesa humanidad debían efectuarse a partir de esta fecha, porque antes éstos eran únicamente declarativos. No importaba lo que la Corte opinara, pues ratificarlo implicaba reconocer que los delitos y crímenes de guerra eran perdurables e imperecederos.
Cabe recordar que, durante las primeras décadas de este siglo, hubo serias pretensiones para que la impunidad y el olvido se convierta en norma. Los congresistas insistían que los crímenes contra la humanidad estaban siendo condenados desde 1968 por la Convención de Naciones Unidas y, por ende, en el país se debía aplicar a partir del 2003, porque los acuerdos y las condiciones democráticas lo permitían. Como bien dice César Azabache (https://www.youtube.com/watch?v=SoQZaHFdRLU ) varios fueron los intentos de hacer cumplir esta decisión, es más, en el segundo régimen de García y con el Decreto Legislativo 1097 se quiso poner en vigencia las decisiones parlamentarias del 2003. No obstante, en el 2011, el Tribunal Constitucional señaló que se trataba de interpretaciones alejadas de la realidad jurídica y de intenciones inconstitucionales, pues lo que estaba en juego no solo eran los derechos humanos de las víctimas, sino también el quiebre de acuerdos y normas de obligación estatal que garantizaban el acceso a la justicia.
Hasta ahora, la derecha ha logrado imponer su agenda y agraciarse con personajes como Alejando Aguinaga. El congresista de Fuerza Popular que, pese a estar procesado judicialmente por esterilizar de manera forzada a mujeres shipibas y quechuas durante el régimen fujimorista, votó a favor de la Ley de impunidad y con él remarcó la decadencia de la justicia y la democracia peruana. Los que se encuentran en el poder creen que el olvido es el recuerdo de un tiempo dictatorial que hizo de la violencia una promesa, pero no es así. La memoria es la exigencia de un pasado que no se encuentra en el presente ¡La memoria, no olvida! Al contrario, se manifiesta y evoca cuestiones inimaginables. La memoria utópica pertenece a los vencidos.
Escribe: John Kenny Acuña Villavicencio (Profesor-investigador de la Universidad Autónoma de Guerrero)